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CAMPINGS MOSTOLES


MOSTOLES

La Villa de Móstoles es un municipio perteneciente a la comunidad autónoma de Madrid (España), al sur de la misma. Es el segundo municipio de la provincia de Madrid en número de habitantes después de la capital, y el tercero tras Madrid y Valladolid de la zona central de España (Comunidad de Madrid, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura y La Rioja). Recientemente ha adoptado la Ley de Grandes Ciudades. La ciudad se sitúa a 18 km al suroeste del centro de Madrid, en la parte sur del área metropolitana de esta ciudad. Geográficamente se halla en la zona central de la Península Ibérica y de la Meseta Central, en el valle del río Guadarrama perteneciente a la cuenca del Tajo. Su cercanía a la capital de España ha propiciado un acusado desarrollo demográfico a lo largo de las últimas décadas. Móstoles ha pasado, en cuarenta años, de ser un núcleo rural de casi 4.000 habitantes a mediados de los años 1960 a una ciudad dormitorio de más de 200.000. Al igual que muchas otras poblaciones del Área Metropolitana de Madrid, la ciudad busca definir su identidad y ser algo más que un satélite de la capital. En Móstoles se encuentra el campus tecnológico y la sede central de la Universidad Rey Juan Carlos. La primera base operativa de las BESCAM (Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Madrid) se ubicó en esta localidad en 2004, tras un convenio suscrito con el gobierno regional. En 2005, Móstoles fue distinguida como una de las ciudades más limpias de España, recibiendo el galardón "Escoba de Plata".  





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Una buena elección para pasar unos días de asueto o vacaciones es acudir a un camping.

Se trata de establecimientos que ofrecen ventajas de tipo económico frente a estancias en hoteles, pensiones o apartamentos alquilados, sin mencionar el contacto directo con la naturaleza que permiten.

Sin embargo el hecho de que resulten más baratos que otro tipo de opciones de vacaciones no debe significar una merma de su calidad o un freno para poder reclamar activamente los derechos si no se respetan.

En España existen miles de campings que, sobre todo en verano, se llenan de gente dispuesta a disfrutar felizmente de su estancia en esos entornos. Una definición técnica de camping es esta: es aquel espacio o terreno acondicionado para facilitar la vida al aire libre, con fines turísticos, utilizando como residencia albergues móviles, tiendas de campaña, caravanas, etc...

Por propia definición se trata de un espacio público y por tanto debe ofrecer acceso libre a cualquier usuario, la discriminación no está permitida y si se procede a la expulsión o no admisión de alguien las causas deben estar fundamentadas, teniendo derecho el perjudicado a la reclamación pertinente ante las autoridades competentes.

Por ejemplo, un motivo para denegar la entrada a un camping es el incumplimiento de las normas elementales de higiene y convivencia, de esta forma esta razón autoriza a denunciar ante los encargados del camping a vecinos molestos.

Los campings son un lugar de esparcimiento y de diversión. La gente aprovecha estos económicos lugares para pasar sus vacaciones. Pero hay que respetar ciertas normas para evitar el caos y el descontrol, sobre todo en la época estival, cuando el tranquilo camping se transforma en un hormiguero de personas.

Ante todo hay que ser respetuosos con los demás.

Todos estos establecimientos deben tener un correcto equipamiento de papeleras, por supuesto atendidas con el debido tiempo para evitar los malos olores y los problemas sanitarios más graves.

También, el suministro de agua es muy importante.

Lavaderos para lavar la ropa, duchas y fuentes son imprescindibles al no tener agua corriente en la tienda de campaña.

Por supuesto, la seguridad es algo a tener en cuenta. El recinto debe estar vallado para evitar que gente no deseada o con malas intenciones lo tengan fácil. Dentro del propio camping deberán estar señalizados correctamente los viales, para evitar accidentes.

Ante todo, un mínimo de necesidades básicas que el propio camping debe suministrar a sus usuarios.

Los campings, como establecimientos públicos que son, deben cumplir una serie de obligaciones impuestas por el sector en cuanto a los servicios que deben prestar a los clientes. Por ello, se clasifican en cuatro categorías: lujo, 1ª, 2ª y 3ª, en función de los servicios ofrecidos. Para que el usuario pueda diferenciarlos se utiliza una placa o distintivo colocada a la entrada del camping. Si se trata de un camping de lujo éste tendrá dibujadas en la placa cuatro tiendas de campaña o triángulos que indican su categoría y deberá disponer de agua caliente en todos los servicios sanitarios generales y duchas, teléfono en cabinas individuales y cajas fuertes también individuales.

No obstante, independientemente de la clasificación que le corresponda, un camping debe garantizar los siguientes servicios:

- Vallado y cierre de protección.

- Vigilancia permanente.

- Suministro de agua, que debe asegurarse mediante depósitos con una capacidad de almacenamiento comprendida entre uno y tres días de máximo consumo de agua potable. Como mínimo la dotación será de 200 litros por parcela y día.

- Lavabos y duchas.

- Suministro de electricidad y toma de corriente para caravanas, así como alumbrado de emergencia.

- Tratamiento y evacuación de aguas residuales, que garantice el saneamiento de la utilización completa de las dimensiones del camping.

- Sistema de seguridad contra incendios. Para ello es necesario que el camping disponga de un extintor por cada veinte parcelas, de modo que no exista ninguna parcela a una distancia del extintor superior a treinta metros.

- Botiquín de primeros auxilios y asistencia médica concertada.

El usuario del camping tiene derecho a estar informado de los precios y tarifas establecidas para cada servicio. Por consiguiente, los precios deben permanecer a la vista del público, normalmente expuestos a la entrada del establecimiento, especificando claramente las modalidades y servicios. En la factura o justificante de pago debe aparecer un desglose de los conceptos por los cuales se ha pagado. Se abonará por estancia, por vehículo, por tienda y por cualquier otro servicio complementario que ofrezca el camping distinto a los obligatorios que han de estar incluidos en la estancia.

En cuanto a la estancia, se pagará una tarifa por cada persona (los niños hasta los diez años abonan un precio inferior) que comprende el uso de las instalaciones comunes. Con respecto a la tarifa de la tienda de campaña, ésta estará en función de su número de plazas.

Por otra parte, el campista puede hacer uso de las instalaciones y disfrutar de la naturaleza sin olvidar las medidas de seguridad y de conservación del medio ambiente. Por seguridad, se recomienda utilizar equipos de camping no inflamables y en el interior de la tienda de campaña no encender velas sino usar lámparas eléctricas para así evitar riesgos.